Comunicado: El Tribunal Constitucional Plurinacional da la razón a Minera San Cristóbal

150 150 Minera San Cristóbal S.A.

Minera San Cristóbal S.A. comunica a la opinión pública que después de dos años de un conflicto iniciado por la Directiva del Sindicato Mixto de Trabajadores Mineros San Cristóbal, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) estableció que se violó el derecho al debido proceso de la Empresa al someterla a una instancia arbitral, que el 8 de agosto de 2019 “sin competencia” y de forma ilegal dictó un laudo arbitral que fue usado para reclamar un inexistente pago millonario por concepto de dominicales y horas extras.

El Tribunal Constitucional Plurinacional, siendo el máximo tribunal de justicia constitucional de Bolivia, también reconoció que MSC tuvo y tiene razón al reclamar su derecho de acudir a un juez de trabajo para resolver una controversia generada de manera ficticia por la Directiva del Sindicato Mixto de Trabajadores Mineros San Cristóbal.

La Sentencia Constitucional 1064/2019-S4 permite concluir que MSC fue víctima de la arbitrariedad por parte de dos ex Directores Generales de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social y de un árbitro Laboral designado por la Directiva del Sindicato, quienes nunca fundamentaron en hechos y leyes su decisión de declararse competentes para conocer un conflicto que podía ser resuelto ante un juez de trabajo, lo que significa que se actuó sin respaldo legal y de manera discrecional.

Con esta Sentencia, queda constancia que la justicia avaló la conducta de Minera San Cristóbal, que durante los últimos 25 meses fue y es sometida a desgastantes litigios e injustificadas medidas de presión, soportando incluso, una huelga de 21 días que significó la pérdida de 18.9 millones de bolivianos por concepto de regalías a la Gobernación de Potosí; de 4.2 millones de bolivianos al Municipio de Colcha “K” y 56,7 millones de bolivianos por impuestos no generados al Tesoro General de la Nación (TGN). Este hecho represento un gran daño no sólo para la Empresa sino también para el país.

En definitiva, se puso en riesgo la salud económica de la Empresa y la continuidad de sus operaciones, por acciones irresponsables y extorsivas sin razón ni argumento legal.

MSC considera que esta Sentencia Constitucional genera un nuevo escenario para encarar el relacionamiento con la Dirigencia Sindical, siempre en cumplimiento de las leyes, normas, y jurisprudencia bolivianas.

Toldos, 17 de julio de 2020